Preguntas Frecuentes sobre el Intercambio de información Automática

¿Cuál es la fecha de inicio del intercambio automático de información y cuáles son las jurisdicciones?

En setiembre 2017 arrancará un primer grupo de países con el intercambio automático de información. Se podrá solicitar información sobre cuentas que fueron abiertas a finales de 2015.

Habrá un segundo grupo que se espera intercambiará información a partir de setiembre 2018.

La información se intercambiará anualmente y de forma automática, es decir, sin necesidad de requerir a las autoridades fiscales extranjeras de información referente a algún caso individualizado por haberse encontrado indicios de fraude.

Primer grupo de países – Setiembre 2017

Alemania, Anguilla, Argentina, Barbados, Bélgica, Bermuda, Islas Vírgenes Británicas, Islas Cayman, Chile, Colombia, Croacia, Curaçao, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, Estonia, Finlandia, Francia, Gibraltar, Grecia, Guernsey, Hungría, Islandia, India, Irlanda, Isla de Man, Italia, Jersey, Corea, Latvia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mauritius, Mexico, Montserrat, Holanda, Niue, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, San Marino, Seychelles, República Eslovaca, Eslovenia, Sur África, Spain, Suecia, Trinidad &Tobago, Turks & Caicos, Reino Unido.

Segundo grupo de países – Setiembre 2018

Andorra, Antigua & Barbuda, Aruba, Australia, Austria, Las Bahamas, Belice, Brasil, Brunei Darussalam, Canadá, China, Costa Rica, Granada, Hong Kong (China), Indonesia, Israel, Japón, Islas Marshall, Macao (China), Malasia, Mónaco, Nueva Zelanda, Catar, Rusia, San Kitts & Nevis, Santa Lucia, San Vicente & Las Granadinas, Samoa, Arabia Saudita, Singapur, San Martin, Suiza, Turquía, Emiratos Árabes Unidos, Uruguay.

 ¿Si se trata de una institución Financiera cuáles son los procedimientos previos al intercambio?

En general cada banco o institución financiera debe realizar su “due diligence” sobre sus clientes para determinar la residencia fiscal del titular/es de la cuenta. Este dato es fundamental. Existen tres opciones respecto a quien puede ser el titular:

Cada institución financiera o bancaria tendrá que disponer de la información  necesaria y suficiente para identificar a la persona física última beneficiaria de la cuenta bancaria y/o de inversión.

¿Qué información se solicitará?

La información a revelar incluye el nombre, domicilio, país de residencia, número de identificación fiscal y fecha de expedición del mismo, y lugar de nacimiento (en el caso de personas físicas) de cada titular de una cuenta reportable. Tratándose de titulares personas jurídicas que sean controladas por una o más personas físicas, deberá informarse el nombre, domicilio, país de residencia y número de identificación fiscal de la entidad así como de cada controlador. También deberá informarse el número de identificación de la cuenta o su equivalente y su saldo.

En el caso de cuentas de custodia, la información incluye el monto de intereses, dividendos y otros ingresos fruto de los activos custodiados, así como los ingresos de ventas o rescates de dichos activos.

El ámbito de información a intercambiar mediante este sistema es amplísimo. Abarca todo tipo de depósitos bancarios, valores negociables, portafolios de inversión, e incluirá datos referentes a saldos, importes percibidos por rentas o transmisiones.

Imagen: Unsplash

Related Posts

Copyright © Investa Trust. All Rights Reserved

Abrir chat
1
Escanea el código
Hola 👋
Somos Investatrust, como podemos ayudarte. Aquí estamos para darte más información sobre los servicios que prestamos