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URUGUAY DISCUTE UNA REFORMA FISCAL: ¿Qué podría cambiar en 2026?

El Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional 2025–2029, presentado por el Poder Ejecutivo, anticipa un giro trascendental en la política tributaria uruguaya. La discusión parlamentaria comenzó en septiembre de 2025 y, conforme al plazo constitucional, el Parlamento dispone de 90 días mínimo para su aprobación.

Si finalmente se aprueba, los cambios entrarán en vigor a partir del 1º de enero de 2026 y prometen impactar tanto en los residentes locales como en los inversores extranjeros.

La propuesta responde a compromisos internacionales asumidos por Uruguay ante la OCDE y el G20, y persigue ampliar la base imponible, armonizar el sistema con los estándares globales y reforzar la transparencia fiscal. Sin embargo, abre un debate inevitable: ¿seguirá el país siendo atractivo para la inversión y la radicación de patrimonios de alto valor?

Los puntos más sensibles de la reforma.

  • Ampliación del IRPF a rentas de capital extranjeras. Los residentes uruguayos deberán tributar por rendimientos, ganancias de capital e incrementos patrimoniales de activos en el exterior. Además, las rentas obtenidas a través de sociedades offshore se imputarán directamente a los beneficiarios finales y el impuesto se aplicaría sobre la renta devengada (sin necesidad de que sea efectivamente distribuida a los beneficiarios finales) en la primera estructura de la cadena (sociedad holding).
  • Los dividendos y utilidades distribuidos por entidades uruguayas a accionistas del exterior tributarán IRNR solo en el caso que se hallen gravados en la jurisdicción de residencia del beneficiario y se otorgue crédito fiscal por el impuesto pagado en Uruguay.
  • Se establece un beneficio para quienes adquieran residencia fiscal en Uruguay desde 1/1/2026. Quienes se acojan al régimen, podrán optar por tributar bajo IRNR previo a cumplir con las condiciones de inversión que fijará la reglamentación. El régimen durará 10 años, con una extensión de cinco años adicionales en los que se aplicará una tributación reducida de IRPF al 50%. El régimen vigente hasta 2025 se mantiene sin cambios.
  • Impuesto Mínimo Complementario Doméstico (15%). Uruguay aplicará un tributo adicional para multinacionales y usuarios de zonas francas cuando su tasa efectiva esté por debajo del mínimo acordado en el marco del Pilar Dos de la OCDE. Acceso directo de la DGI a la información bancaria. Se elimina la exigencia de autorización judicial, otorgando a la Administración Tributaria facultades más amplias para requerir datos a entidades financieras en el marco de convenios internacionales.
  • Nuevos tributos sobre transferencias y dividendos. La transmisión de participaciones de sociedades no residentes y ciertas distribuciones al exterior quedarán alcanzadas por el IRNR bajo condiciones específicas.

Estas reformas, alinean al Uruguay con la tendencia global de gravar la renta mundial y reforzar la transparencia financiera.

Los analistas coinciden en que el desafío será mantener el atractivo regional frente a otras jurisdicciones, en un contexto en el que la competencia por atraer capital y talento es cada vez más intensa.

Mientras tanto, familias empresarias, altos patrimonios y multinacionales ya comienzan a evaluar cómo reestructurar sus esquemas fiscales antes de la entrada en vigor de las nuevas normas.

En INVESTA TRUST estamos siguiendo de cerca la evolución de esta normativa —pendiente de aprobación— y diseñando estructuras que permitan proteger y optimizar la planificación fiscal de quienes deseen residir o invertir en Uruguay.

Para los residentes fiscales uruguayos con inversiones y patrimonio en el extranjero diseñamos estructuras para garantizar la privacidad patrimonial y previsibilidad fiscal ante este nuevo escenario o futuros nuevos cambios en la legislación.

 
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