Gráfico vectorial de una planta en crecimiento con hojas, simbolizando el desarrollo y protección del patrimonio a largo plazo con InvestaTrust.

¿Conoces las nuevas exenciones en el Registro de Beneficiarios Finales en BVI?

El Gobierno de las Islas Vírgenes Británicas (BVI) ha actualizado su política sobre el acceso al Registro de Beneficiarios Finales, introduciendo importantes exenciones en las que no será obligatorio registrar a los beneficiarios finales de una sociedad BVI en los siguientes casos:

Acciones emitidas a un Trustee autorizado bajo licencia del Banks and Trust Companies Act o a un trustee extranjero regulado por AML, ATF y APF. Compañías listadas en Bolsas reconocidas o subsidiarias de estas. Fondos de inversión privados, profesionales, públicos o sus subsidiarias (incluyendo fondos extranjeros). Estos deberán mantener actualizada la información y proveerla al Registro en un plazo de 24 horas si es requerido. Cuando el Gobierno de BVI o un Gobierno extranjero posea el 50% de las acciones o derecho de voto.

En Investa estamos siempre pendientes de los cambios y novedades regulatorias de las jurisdicciones donde trabajamos, para garantizar a nuestros clientes un servicio de excelencia.

 
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